lunes, 14 de mayo de 2012

TEMA 1.


TEMA 1 LA CONSTITUCIÓN

La constitución española de 1978:

Aprobó conjuntamente (congreso y senado) la constitución el 31 de octubre de 1978.
Consulta con el pueblo el 6 de diciembre de 1978.
El rey la sanciona y la promulga el 27 de diciembre de 1978.
Se publica y entra en vigor como establece su disposición final el 29 de diciembre.


La constitución se organiza en 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogativa y una final.

Estructura de la constitución:
Título preliminar: contiene los ppio generales. Artículos 1 a 9
Título I “De los derechos y deberes fundamentales” (art.10 a 55)
                Artículo 10
                Capítulo I “De los españoles y los extranjeros” (art. 11 a 13)
                Capítulo II ”Derechos y libertales” (art. 14 a 38)
                               Artículo 14
                               Sección 1ª “De los derechos fundamentales y libertades públicas” (art.15 a 29)
                               Sección 2ª “De los derechos y deberes de los ciudadanos” (art. 30 a 38)
                Capítulo III “De los ppios rectores de la pol. Social y económica.” (art 39 a 52)
                Capítulo IV “De las garantías de las libertades y derechos fundamentales” (art. 53 y 54)
                Capítulo V “Suspensión de los derechos y libertales” (art. 55)
Título II “De la corona” (art. 56 a 65)
Título III “De las cortes generales (Art. 66 a 96)
                Capítulo I “De las cámaras” (art. 66 a 80)
                Capítulo II “De la elaboración de las leyes” (art. 81 a 92)
                Capítulo III “De los tratados internacionales (Art. 93 a 96)
Título IV “Del gobierno y la administración” (art. 97 a 107)
Título V “De las relaciones entre el gobierno y las cortes generales” (Art. 108 a 116)
Título VI “Del poder judicial” (art. 117 a 127)
Título VII “Economía y hacienda” (art. 128 a 136)
Título VIII “De la organización territorial del estado” (art. 137 a 158)
Título IX “Del tribunal constitucional” (Art. 159 a 165)
Título X “De la reforma constitucional” (Art. 166 a 169)
4 disposiciones adicionales
9 disp. Transitorias
1 derogativa
1 final.

. La primera reforma de la constitución se produjo el 27 de agosto de 1992, a través de la cual se introdujo la posibilidad de que extranjeros puedan votar y ser votados, sólo en las elecciones municipales y atendiendo a criterio de reciprocidad. 8concesiones recíprocas entre los países).
. la ley orgánica 6/84 de 24 de mayo, regula el procedimiento de “habas corpus” como mecanismo protector de los ciudadanos ante las detenciones ilegales.

Las garantías de los derechos fundamentales.

.Capítulo IV del título I de la constitución, artículos 53 y 54 se regulan las garantías de las libertades y derechos fundamentales.
Niveles de garantía.
1-      Derechos estrictamente fundamentales (art. 15-29)
2-      Derechos de la sección II del cap. II del titulo I. Nivel medio de garantía. No cabe recurso de amparo y son de aplicación directa.
3-      Ppios. Rectores de la pol. Social y económ. Del cap. III (art. 53.3)
Clases de garantía.
1-      Aplicación directa de los derechos y libertales.
2-      Garantías legislativas.
3-      Garantías jurisdiccionales.
4-      Garantías extrajudiciales
Suspensión de los derechos fundamentales. (Capítulo V del título I. art. 55)
1-      Suspensión general.: En los estados de excepción y de sitio.
a.       Estado de excepción: Declarado por el gobierno mediante decreto acordado en consejo de ministros, previa autorización del congreso de lso diputados por mayoría simple.
b.      Estado de sitio: Se declara por mayoría absoluta del congreso de los diputados, a propuesta exclusiva del gobierno.
c.       Estado de alarma: No da lugar a suspensión de derechos. Se declara por el gobierno mediante decreto acordado en consejo de ministros, dando cuenta al congreso de los diputados. Su duración no puede exceder de 15 días.
2-      Suspensión individual: Se regula en el art. 55.2
LA REFORMA CONSTITUCIONAL.
-          Iniciativa (art. 166)
-          Procedimiento especial o agravado (art. 168)
o   Aprobación de la propuesta de reforma por mayoría de 2/3 de cada cámara.
o   Ratificación de la propuesta mediante referéndum 8consulta al pueblo) que será obligatorio.
-          Procedimiento ordinario o general (art. 167)
o   Aprobado por mayoría de 3/5 de cada cámara.
o   Caso especial: mayoría absoluta del senado y mayoría de 2/3 del congreso.
o   El referéndum no es obligatorio, sino que pueden solicitalo en lso 15 días siguientes a su aprobación por una décima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras.
o   2 únicas reformas: El art. 13.2 se reformó el 27 de agosto de 1992.  El art. 135, se reformó el 17 de sept. De 2011.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Título IX arti. 159 a 165. Ley orgánica 2/79 de 3 de octubre.

Se compone de 12 miembros nombrados por el rey.
El TC funciona en pleno y en salas.
El quórum necesario para adoptar cualquier acuerdo será de 2/3 de los magistrados.
Las salas son dos, compuestas por 6 magistrados y pueden dividirse en secciones compuestas por su presidente y dos magistrados.
Recurso de inconstitucional (art. 161):
Importante: Art. 161.2 de la constitución: “el gobierno podrá impugnar ante el tribunal constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el tribunal, en su caso, deberá ratificar o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.
Cuestión de inconstitucional (art. 163)
Recurso de amparo: Por violación de derechos y libertades fundamentales comprendidos en los art. 14, sección 1ª, cap. II, Título I (art. 15 a 29) y art. 30.2

EL DEFENSOR DEL PUEBLO (ART. 54)
La regulación se encuentra en la LO 3/81 de 6 de abril.
Alto comisionado de las cortes generales.
Depende de las cortes generales e independencia total de los demás órganos constitucionales.
Se compone del defensor, dos adjuntos y los asesores.
El nombramiento se efectúa por las cortes generales.

LA CORONA (Título II art. 56 a 65)

Art. 64. Los actos del rey serán refrendados por el presidente del gobierno y en su caso, por los ministros competentes.  La propuesta y el nombramiento del presidente del gobierno, y la disolución prevista en el art. 99, serán refrendados por el presidente del congreso.

LAS CORTES GENERALES (Título III art. 66 a 96)
Capítulo I: “de las Cámaras (art. 66 a 80)
Capítulo II: “De la elaboración de las leyes” (Art. 81 a 92)
Capítulo III: “De los tratados internacionales (art. 93 a 96)
Congreso de los diputados:
Se rige por el ppio de proporcionalidad y ppio represantativo poblacional.
350 diputados.
La circunscripción electoral es la provincia.
El senado:
El senado es la cámara de representación territorial.

FUNCIONAMIENTO DE LAS CÁMARAS

Las cámaras aprueban por mayoría absoluta sus propios reglamentos:  Reglamento del congreso de los diputados del 10 de febrero de 1982 y reglamento del senado del 3 de mayo de 1994.
Órganos propios de la cámara:
-órganos administrativos.
                Presidente de la cámara.
                Mesa de la cámara. Está compuesta el congreso por el presidente, 4 vicepresidentes y 4 secretarios. El senado, por presidente, 2 vicepresidentes y 4 secretarios.
                Pleno.
                Comisiones
                               Comisiones permanentes (son fijas) son legislativas o no legislativas. Se constituyen en un plazo de diez días.
                               Comisiones no permanentes. Son de investigación o mixtas.
-órganos políticos.
                Grupos parlamentarios. Se constituyen en el plazo de 5días.
ELABORACIÓN DE LAS LEYES

1ºFase: Iniciativa legislativa:
-Proyecto de ley.
Es obligatorio el informe de la secretaria general técnica del ministerio competente.
-Proposición de ley. Puede ser presentado  por un grupo parlamentario, 15 diputados o 25 senadores.
2ºFase: Fase constitutiva.
En el congreso. 15 días para la presentación de enmiendas y luego se produce el debate en el pleno.
El debate en la comisión se produce después del debate en el pleno.
La deliberación en el pleno se produce 48 horas después de recibir este dictamen.
En el senado son 2 meses y si el proyecto es declarado urgente son 20 días para presentar enmiendas (que son 10 días) y vetar el texto enviado.
3ºFase: Fase integradora de la eficacia
En el plazo de 15 días, las leyes aprobadas por las cortes generales, serán sancionadas por el rey y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

7- LOS TRATADOS INTERNACIONALES. (Capítulo III del titulo III de la constitución. Art. 93 a 96)
PPIOS CONSTITUCIONALES DEL GOBIERNO Y LA ADMON.  (título IV de la constitución, (del gobierno y la administración) art. 97 a 107)
EL GOBIERNO. Titulo IV de la constitución y ley 50/97 de 27 de Nov.
El gobierno en funciones:  Obedece a la necesidad de que en los periodos entre el cese de un gobierno y la formación del siguiente, no se produzca un vació de poder.
MECANISMOS DE CONTRO DE LAS CORTES GENERALES AL GOBIERNO
El título V (art. 108 a 116) regula las relaciones entre el gobierno y las cortes generales.
Art 112. El presidente del gobierno, previa deliberación del consejo de ministros, puede plantear ante el congreso de los diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los diputados.
Art. 113. El congreso de los diputados puede exigir la responsabilidad política del gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura. Deberá ser propuesta al menos por la décima parte de lso diputados y habrá de incluir un candidato a la presidencia del gobierno.

Estudio de los miembros del gobierno:
Presidente del gobierno.
Vicepresidentes del gobierno. No son órganos obligatorios sino potestativos. El presidente del gobierno lo decide y determina su número. Actualmente hay tres vicepresidencias.
Ministros.
Consejo de ministros. No forman parte del mismo los secretarios de estado. Las deliberaciones del consejo de ministros serán secretas.
Comisiones delegadas del gobierno.
-La regulación del estatuto de los miembros del gobierno se encuentra en la ley 50/97 del gobierno 8art.11 a 14)

LA FUNCIÓN JUDICIAL. PPIO BÁSICOS DEL PODER JUDICIAL

Título VI de la constitución. (Arts. 117 a 1227); ley orgánica 6/85 de 1 de Julio del poder judicial y la ley 38/88 de 28 de diciembre de demarcación y planta judicial.
Ppios del poder judicial recogidos en la constitución:
                Ppio de exclusividad jurisdiccional
                Ppio de origen popular
                Independencia de los miembros del poder judicial
                Ppio de legalidad
                Ppio de unidad jurisdiccional

EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (Art.122)
Se compone del presidente del tribunal supremo y 20 miembros nombrados por el rey por un periodo de 5 años. Estos 20 vocales son propuestos por el congreso y el senado (10 cada uno) por mayoría de 3/5 y tienen un doble origen:
                -Origen judicial: 12 miembros.
                -Origen no judicial:8 miembros
Órganos.
                -Órganos unipersonales.
                               Presidente: NO es uno de los 20 vocales.
                               Vicepresidente. Elegido entres sus vocales por mayoría de 3/5 y nombrado por el rey
                -Órganos colegiados.
                               -comisión permanente. Compuesta por 4 vocales.
                               -comisión disciplinaria. Compuesta por 4 miembros.
                               -comisión de calificación.
                               -comisión presupuestaria.
                               -comisión de estudios e informes.
                               -pleno.

El consejo del poder judicial se renovará cada cinco años.

EL MINISTERIO FISCAL. (Art.124)
LA ORGANIZACIÓN JUDICIAL ESPAÑOLA. (Art. 24 de la LOPJ por LO 1/2004)
TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA: Culminarán la organización judicial en el ámbito de terriotrial de cada Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la jurisidiccón del tribunal supremo.
                -Salas de lo civil y penal.
                -Sala de lo contencioso-administrativo.
                -Sala de lo social.
AUDIENCIA NACIONAL.
                -Sala de apelación
                -Sala de lo penal
                -Sala de lo contencioso.administrativo
                -Sala de lo social
                La audiencia nacional, no tiene competencias en materia civil.
TRIBUNAL SUPREMO
                -Sala I de lo civil
                -Sala II de lo penal.
                -Sala III de lo contencioso-administrativo.
                -Sala IV de lo social.
                -Sala V de lo militar


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