martes, 14 de agosto de 2012

Tema 16. El presupuesto municipal


TEMA 16 EL PRESUPUESTO MUNICIPAL
La definición del presupuesto municipal más explícita en el ordenamiento jurídico corresponde al artículo 12 del texto refundido en materia de haciendas locales: “Los presupuestos de las entidades locales constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la entidad, y sus orgniasmos autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las previsiones de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local correspondiente.”


El art. 112.1 de la LBRL establece que “las entidades locales aprueban anualmente un presupuesto único que constituye la expresión difrada, conjunta y sistemática de las obligacioens que como máximo, pueden reconocer, y de los derechos con vencimiento o que se prevean realizar durante el correspondiente ejercicio económico. El presupuesto coincide con el año natural y está integrado por el de la propia entidad y los de todos los organismos y empresas locales con personalidad jurídica propia dependientes de aquellas”

La definición del presupuesto municipal más explícita en el ordenamiento jurídico corresponde al artículo 162 del texto refundido en materia de haciendas locales.
Art.164. contenido del presupuesto general.
Art.169. Publicidad, aprobación definitiva y entrada en vigor. Aprobado inicialmente el presupueso general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia, o en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante  los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el pleno.

Art.170 Reclamación administrativa.
Art.171. Recurso contencioso-administrativo.
LA ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA SEGÚN LA EHA/3565/2008  Y LOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2011
Los estados de gastos de lospresupeustos de las entidades locales se clasificarán con los siguientes criterios:
-por programas
-por categorías económicas.
-Opcionalmente por unidades orgánicas.
GESTIÓN ECONÓMICA LOCAL




4 comentarios:

  1. uuuy, este tema me suenaaaa, jajaja.... dale duro y si necesitas alguna ayudita, me pegas un toque. INtentaré ayudarte en lo que pueda!!

    Para aclarte un poco el tema, decirte que en la gran mayoría de organismos públicos, se utilizan generalmente los tres criterios qu señalas y en diferente orden al expuesto:

    orgánica - programa - económica

    La orgánica genera un número equivalente a las areas en qué trabaja el organismos (por ejemplo, dept. de cultura, de servicios econòmicos, de mobilidad, de recursos humanos, etc.)

    El segundo marca el tipo de programa que genera el área (viene regulado por la ley, ahora no recuerdo cuál) por ejemplo si trata de cultura, servicio social, enseñanza, etc...

    Y el último, te indica qué tipo de gasto o ingreso se refiere el crédito presupostario y, además, el primer dígito yya te da una pista de qué va porqu es lo que llamamos comunmente "capítulo". Por ejemplo, imaginemos que la partida económica tiene cinco dígitos (lo normal y creo que no hay más...) 12000. El primer dígito (1)ya te indica que estamos haablando de gastos de personal. Lo dos primeros dígitos (12 - artículo) que estamos hablando de personal funcionario y los tres dígitos siguientes (000) personal funcionaro de categoría A1 (secretarios, interventores, abogados, etc.)
    Los capítuloos son del 1 al 9.

    la suma de los tres "criterios" crean la partidda presupostaria, es decir, los créditos presupostarios que contiene un presupuesto municipal.

    500-931-12000 sería un ejemplo.

    El primero marcaría el dept., pongamos seervicios económicos

    El segundo el programa, pongamos que es gestión económica

    El terccero, el gasto del sueldo del interventor.

    Las orgánicas (es decir departamento) son decididos por el organismo público, el resto, hay una norma o ley (ya te diré cuál) la cual hay que aplicarla tal cual lo indica. ¿Porqué? PUes tan simple como que al ministerio de hacienda hay que pasarle nos listados con los importes del presupuesto municipal para crear sus estudios, comprobar como se ejecuta el presupuesto para el tema de subvenciones, estadísticas y demás...

    Ala, ya te he líado unpoco más!!! jejej
    Mucha suerte!!

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    1. holaaaaaa que necesito tu ayuda urgentementeeeeeee me he metido en tu blog pero no encuentro tu dire de email.

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    2. En mi perfil he puesto provisionalmente mi correo personal... date prisa, empieza la cuenta atrás y luego se autodestruirá!! jajaja

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  2. La norma de la cual te hablo es la que citas tú pero hay un error, es la EHA/3565/2008, no 2004.

    Te dejo el link que he encontrado, que es con la norma con la cual trabajamos:

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/o3565-2008-eha.html

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