martes, 3 de julio de 2012

TEMA 12. LAS ÁREAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID.

TEMA 12. LAS ÁREAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID


Art.34 Tenientes de alcalde.
Los tenientes de alcalde y los concejales con responsabilidad de gobierno en el ROGAM
El primer teniente de alcalde se denominará vicealcalde y recibe el tratamiento de ilustrísima.
Art. 35 Concejales de gobierno.
Art.36 Consejeros-delegados de gobierno.
Son consejeros-delegados de gobierno los miembros de la junta de gobierno que no ostenten la condición de concejal, a los que corresponderán las mismas funciones atribuidas en el presente.

Art.37 Concejales de coordinación.
No forman parte de la junta de gobierno.
Art.38 Concejales-delegados

*Las resoluciones administrativas que adopten los concejales de gobierno, los concejales de coordinación y los concejales-delegados, revestirán la forma de decreto y se denominarán decretos de concejal de gobierno, decretos del concejal de coordinación y decretos de concejal-delegado, respectivamente.

Las áreas de gobierno consitutyen los niveles esenciales de la organización municipal y comprenden, cada una de ellas, uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de la actividad administrativa municipal.
El número de áreas de gobierno, no podrán exceder de 15
Las áreas de gobierno contarán con una secretaria general técnica.
Art. 42 Ordenación jerárquica de las Áreas.
                -Los concejales de gobierno y consejeros-delegados de gobierno son los jefes superiores del área de gobierno correspondiente. Así mismo, los concejales de coordinación y los concejales-delegados son los jefes directos de su árena, sin perjuicio de la superior dirección que corresponde al titular del área de gobierno de la dependan.
                -Los órganos directivos dependen de alguno de lso anteriores y se ordenan jerárquicamente del siguiente modo: coordinador general, director general u órgano asimilado.
Art.44 Funciones de los concejales de gobierno y los consejeros-delegados de gobierno.
Art.45 Funciones de los concejales de coordinación y de los concejales-delegados.

Sección 3º. De los órganos centrales directivos.
Art.46 Coordinadores generales.
*El coordinador general a quién corresponda la gestión de los servicios comunes de cada Área de gobierno se denominará secretario general técnico.
Art.47. Secretarios generales técnicos.
Art.48 Directores generales.
Art.49. Nombramiento de los titulares de los órganos directivos.
                Los coordinadores generales, los secretarios geenrales técnicos y los directores generales serán nombrados y cesados por la junta de gobierno.

Número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la administración del ayuntamiento de Madrid.
El ayuntamiento de Madrid se estructura en 7 áreas de gobierno.
Respecto a la estructura de la anterior legislatura, el Área de gobierno de economía y empleo absorbe directamente la antigua área delegada de participación ciudadana, pasando a denominarse área delegada de economía, empleo y participación ciudadana.
El área de medio ambiente recibe a su vez competencias en materia de movilidad y seguridad. Desaparece el área de gobierno de obras y espacios públicos.
Las competencias básicas y la organización interna de las diferentes áreas de gobierno se encuentrans reguladas en los respectivos acuerdos de la junta de gobierno de 5 de enero de 2011, que desarrollan el decreto de la alcaldesa de 30 de diciembre.


*ME FALTA EL ANEXO FINAL.














2 comentarios:

  1. Admiro tu fuerza de voluntad.
    En estos tiempos no debe ser fácil seguir manteniendo la ilusión.

    Ánimo y a por la oposición.

    Besos.

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  2. Quién algo quiere...

    un abrazo torito.

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